Artículo Disposición adicional séptimaDisposición adicional séptima
Disposición adicional séptima. Cuerpo de Inspectores.
El Gobierno de las Illes Balears proveerá de un Cuerpo de Inspectores adscritos a la Consejería competente en materia de vivienda a los efectos del ejercicio de la tarea de inspección en la aplicación de las disposiciones de esta ley.
Norma publicada: 19 de junio de 2018